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Corte de Talca rechaza recurso de amparo por restricciones adoptadas en Villa Baviera por Covid-19

  • Miércoles 22 de abril de 2020
  • 10:34 hrs

Se desestimó la acción constitucional de amparo deducida, por considerar que los recurridos no incurrieron en ningún acto ilegal.

La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra de la ex Colonia Dignidad, recinto que implementó medidas adicionales de restricción sanitaria a las entregadas por la autoridad, que restringen el acceso y desplazamiento. 

Se desestimó la acción constitucional de amparo deducida, por considerar que los recurridos no incurrieron en ningún acto ilegal que haya privado, perturbado o amenazado el derecho a la libertad personal y seguridad individual de los residentes de Villa Baviera. 

"Que, por lo expuesto, esta Corte concluye que las actuaciones llevadas a cabo por los recurridos no constituyen actos ilegales, en los términos descritos en el artículo 21 de nuestra Constitución. Lo anterior, debido a que doña Maria Schnellankp Witthahan, sólo se limitó a entregar recomendaciones cuyo objetivo fue proteger de eventuales contagios a los habitantes de Villa Baviera, lugar en el que habita un alto porcentaje de población de riesgo de ser contagiados por el Covid 19 y, por lo tanto, requieren de cuidados especiales para evitar las posibles consecuencias fatales que pueden llegar a ocurrir con la propagación del referido virus, en tal recinto. Si bien, tales sugerencias pudieron causar molestia entre algunos de los residentes, ellas no logran -por sí mismas- tener la magnitud requerida para estimar que se afecta la libertad personal o seguridad individual de los amparados. Lo anterior, toda vez que -como ya se dijo- se trató de meras pautas a seguir, con el fin de proteger de eventuales contagio", plantea el fallo. 

La resolución agrega que "medidas similares a las sugeridas por los recurridos, se han llevado a cabo en todo el territorio nacional, incluso consta la restricción de ingreso de personas al comercio o instituciones, entre ellos los propios tribunales de justicia en que se han adoptados medidas de carácter restrictivo, que van más allá del toque de queda que rige en esta región pero, son concordantes con recomendaciones efectuadas por la autoridad sanitaria pertinente, a fin de evitar las propagación del virus que afecta el país".

Cabe recordar que tal acción derivo en una inspección de la Policía de Investigaciones, quienes según el fallo, constataron que “no existe restricción para el ingreso y egreso de personas al predio, más allá del registro habitual ante el encargado de dicho control, con excepción del ingreso de turistas el cual fue prohibido pues, producto de la pandemia actual, se encuentran cerrados el hotel, restaurante y almacén existentes dentro de Villa Baviera", añade el fallo. 

Tras los antecedentes  se concluye que los amparados no incurrieron en ningún acto ilegal que haya privado, perturbado o amenazado el derecho a la libertad personal y seguridad individual de los residentes de Villa Baviera.